Calculadora de IVA

Suma o extrae IVA (4%, 10%, 21%) para presupuestos y facturas.

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Herramienta

Base
100,00 €
IVA
21,00 €
Total
121,00 €

Qué problema resuelve

Facturar sin equivocarse con el desglose de impuestos.

El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) parece un cálculo trivial hasta que hay que desglosar una factura con base imponible, retenciones de IRPF y distintos tipos aplicados en la misma operación. Esta calculadora de IVA convierte precios con y sin impuesto en ambas direcciones, aplicando los tipos vigentes en España (general, reducido y superreducido), y ayuda a evitar el error más común: aplicar el porcentaje sobre la base equivocada.

Los tres tipos de IVA vigentes en España

El tipo general del 21% se aplica a la mayoría de bienes y servicios. El tipo reducido del 10% cubre alimentos no básicos, transporte de viajeros, hostelería y vivienda nueva en primera entrega. El tipo superreducido del 4% se reserva a productos de primera necesidad: pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, periódicos y medicamentos. Algunos productos energéticos y alimentos básicos han tenido tipos especiales temporales (0% o 5%) durante 2023-2024 como medida frente a la inflación, por lo que conviene verificar el tipo vigente en el momento de facturar.

Calcular el IVA hacia adelante y hacia atrás

Para añadir IVA a un precio base, se multiplica por (1 + tipo/100): 100 euros de base con IVA general resultan en 121 euros. Para el cálculo inverso, mucho más propenso a errores, si tienes un precio final de 121 euros con IVA incluido y necesitas la base imponible, no debes restar el 21% de 121 (eso daría 95,59, un resultado incorrecto), sino dividir 121 entre 1,21, lo que da correctamente 100 euros de base y 21 euros de IVA.

IVA repercutido vs IVA soportado en la declaración trimestral

Un autónomo o empresa cobra IVA repercutido en sus facturas de venta y paga IVA soportado en sus compras y gastos deducibles (material, alquiler de oficina, suministros). En el modelo 303 trimestral, se liquida la diferencia: si el repercutido supera al soportado, se ingresa esa diferencia a Hacienda; si el soportado es mayor, se puede compensar en trimestres siguientes o solicitar devolución en la declaración anual (modelo 390).

Factura de autónomo con IRPF: dos impuestos, una misma factura

Un autónomo que factura a otra empresa o profesional debe añadir el IVA correspondiente pero también retener un porcentaje de IRPF (habitualmente el 15%, o el 7% durante los tres primeros años de actividad), que no cobra sino que el cliente ingresa directamente a Hacienda en nombre del autónomo. Una factura de 1.000 euros de base con IVA del 21% y retención del 15% resulta en un total a cobrar de 1.060 euros (1.000 + 210 de IVA − 150 de retención de IRPF), un cálculo con dos porcentajes que actúan en direcciones opuestas y que genera confusión frecuente entre autónomos que empiezan a facturar.

IVA intracomunitario y operaciones con la UE

Las operaciones B2B entre empresas de distintos países de la Unión Europea, ambas registradas en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) y con NIF-IVA válido, se facturan sin IVA mediante el mecanismo de inversión del sujeto pasivo: es el cliente en su país quien autoliquida el IVA correspondiente. Es imprescindible verificar el NIF-IVA del cliente en el sistema VIES de la Comisión Europea antes de emitir la factura sin IVA, porque si el NIF no es válido en el momento de la operación, Hacienda puede exigir el IVA repercutido al emisor de la factura.

Errores frecuentes al desglosar IVA en facturas

El error más habitual, ya mencionado, es restar el porcentaje directamente de un precio con impuesto incluido en vez de dividir por (1 + tipo). El segundo error común es aplicar el tipo general a productos que tienen tipo reducido o superreducido, algo especialmente relevante en hostelería y alimentación, donde coexisten productos con distintos tipos en el mismo ticket. El tercero es olvidar que ciertos servicios (educación reglada, sanidad, servicios financieros y de seguros) están exentos de IVA, no gravados al 0%, una distinción legal con implicaciones distintas sobre la deducción del IVA soportado.

Casos de uso comunes

  • Desglosar el IVA de una factura recibida para contabilizar correctamente base e impuesto.
  • Calcular el total a cobrar en una factura de autónomo con retención de IRPF simultánea.
  • Verificar que un precio final con IVA incluido corresponde a la base imponible esperada.
  • Comparar el precio de un producto entre países de la UE con distintos tipos de IVA.

Buenas prácticas

  • Para obtener la base desde un precio con IVA incluido, divide entre (1 + tipo/100); nunca restes el porcentaje directamente.
  • Verifica el NIF-IVA del cliente en el sistema VIES antes de facturar sin IVA a otra empresa de la UE.
  • Comprueba el tipo aplicable (4%, 10% o 21%) producto por producto, no asumas el tipo general por defecto.
  • Distingue exención de tipo 0%: implican tratamientos distintos sobre la deducción del IVA soportado.

Preguntas frecuentes

¿Cómo calculo la base imponible a partir de un precio con IVA incluido?

Divide el precio final entre 1 más el tipo en tanto por uno. Con IVA general, divide entre 1,21; restar el 21% directamente da un resultado incorrecto.

¿Qué tipo de IVA se aplica al pan, la leche y los libros?

Se aplica el tipo superreducido del 4%, reservado a productos de primera necesidad como pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros y medicamentos.

¿Cómo se calcula una factura de autónomo con IVA e IRPF a la vez?

Se suma el IVA a la base (por ejemplo 21%) y se resta la retención de IRPF (habitualmente 15%, o 7% los tres primeros años de actividad), dando un total distinto de simplemente sumar el IVA.

¿Cuándo se factura sin IVA a otra empresa europea?

En operaciones B2B intracomunitarias entre empresas registradas en el ROI con NIF-IVA válido verificado en el sistema VIES, mediante el mecanismo de inversión del sujeto pasivo.